ACUERDOS O CONCILIACIONES EN LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA

Para aquellos responsables de la toma de decisiones en la administración de recurso humano o para aquellos interesados en la materia, tengan muy presente los límites de la estabilidad laboral reforzada, así como las condiciones y circunstancias de los acuerdos, transacciones o conciliaciones que adelanten con los trabajadores, con el fin de no vulnerar ningún derecho, como tampoco de versen inmersos en reclamaciones posteriores a la celebración de los mismos.

Bajo ese contexto, a título informativo y/o académico, les comparto una sentencia reciente de la sala laboral de la corte suprema de justicia, en la cual se debatió el caso de un trabajador que por su condición médica fue discriminado y presionado al punto de llevarlo a celebrar acuerdos transaccionales y conciliatorios para la terminación de su contrato, los cuales luego fueron declarados nulos, ordenando su reintegro laboral y pago de prestaciones sociales dejadas de cancelar, entre otras.

SL808-2019 – 79784

Categorías: Derecho Laboral

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